Es la primera tasa turística que aprueba un ayuntamiento en España.

Mogán aprueba la tasa por acción turística

Primera tasa turística municipal en España

No grava la pernoctación sino la prestación de servicios públicos y realización singular de actividades sobre acciones derivadas del turismo y la sostenibilidad del destino.

La cuota es de 0,15 euros por persona y día que se aloje en establecimiento turísticos, destinándose los beneficios exclusivamente a la financiación de actividades, servicios o infraestructuras de las zonas turísticas así como a la promoción turística del municipio. La tasa podrá fluctuar anualmente, dependiendo de los costes derivados de la acción turística previstos en el Presupuesto General de Consistorio.

En la sesión extraordinaria de Mogán celebrada el 12 de diciembre se ha aprobado la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por prestación de servicios y realización de actividades derivadas de la acción turística y la obligación de sostenibilidad.

La ordenanza, aprobada con los votos a favor del grupo de Gobierno (Juntos por Mogán) y en contra de NC-BC y PSOE, regula la primera tasa municipal en España que grava la prestación de los servicios y la realización singular de actividades sobre acciones derivadas del turismo y la sostenibilidad del destino. Hasta ahora en nuestro país solo se aplican impuestos autonómicos en Baleares y Cataluña, que gravan la pernoctación.

“Estamos contentos por ser pioneros porque ahora Mogán forma parte del resto de territorios europeos que desde hace tiempo aplican tasas o impuestos para contribuir a la sostenibilidad del destino” dijo la alcaldesa Onalia Bueno, que felicitó al equipo técnico y económico que ha trabajado en la ordenanza.

Del mismo modo, informó que representantes “de todas las siglas políticas de Canarias, como PSOE, PP y Coalición Canaria, que forman parte de la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias, han solicitado el expediente para estudiarlo y valorar aplicarlo a futuro”. En este sentido, Bueno no comprende la postura de la oposición moganera dado que ayer PSOE y NC defendieron en el Parlamento proposiciones de ley sobre la implantación de un impuesto turístico que, asegura, “comparten el mismo objetivo que la tasa municipal, que es que los y las turistas contribuyan a la sostenibilidad”. “Es contradictorio”, apuntó.

Con esta tasa municipal la Administración local pretende reducir o poner fin al déficit presupuestario derivado de la acción turística. Es decir, que haya equivalencia entre los costes, ya que como municipio turístico la inversión para mantener los servicios, espacios públicos e infraestructuras, así como actualizar y crear nuevas en base a la demanda de los que eligen Mogán como destino es muy superior a la de otros territorios.

Las tasas que ingresa el Ayuntamiento procedían hasta ahora exclusivamente de los residentes empadronados (21.175 a 1 enero de 2024), pero esta no es la población total que disfruta de los servicios públicos e infraestructuras del municipio. El total asciende a 48.214 personas, incluyendo la población vinculada no residente –formada mayoritariamente por trabajadores del sector turístico– y la población turística anual, que es de 21.574 personas tomando como referencia la media anual ocupación (73,46222%) respecto del total de plazas alojativas del municipio (29.368,22). Es decir, que un 44,75% de la población total del municipio son turistas que se alojan en Mogán.

Cuando la tasa turística de Mogán entre en vigor, los y las turistas que se hospeden en Mogán contribuirán a sufragar los costes que proporcionalmente les corresponden por los servicios y actividades que disfrutan durante su estancia. De este modo, toda la presión fiscal no recae en los vecinos y vecinas.

La Ordenanza Fiscal Reguladora de esta tasa se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia durante un plazo de 30 días hábiles para que las personas interesadas puedan examinarla y presentar reclamaciones si así lo estiman. Si las hubiera, tras resolverlas, se aprobará definitivamente por el Pleno. En caso no presentarse, se entenderá el acuerdo adoptado como definitivo.

Tasa finalista

Lo que se recaude con esta tasa se destinará en su totalidad a la financiación de actividades, servicios o infraestructuras de las zonas turísticas así como a la promoción turística del municipio.

El hecho imponible es la prestación de los servicios y la realización singular de actividades sobre acciones derivadas del turismo y la sostenibilidad del destino, con implicación municipal en atención a la promoción, proyectos medioambientales –economía circular, ciclo integral del agua–, de patrimonio histórico, cultural y del sector primario.

Los contribuyentes son aquellas personas que se hospeden en alojamientos turísticos del municipio –complejos hoteleros, extrahoteleros y vivienda vacacional–. No obstante, serán los propietarios de estos inmuebles quienes abonarán la tasa al Ayuntamiento de Mogán por periodos semestrales – del 1 al 20 de abril y del 1 al 20 de octubre– en la Ofician Virtual Tributaria de Gestiona Mogán con un modelo normalizado de autoliquidación.

La cuota se ha determinado tras un estudio pormenorizado en el que se han determinado los costes no financiados de los servicios y actividades afectados por la acción turística y la obligación de sostenibilidad, que ascienden en el municipio este año a 2.716.402, 40 euros. De estos, los imputados a la acción turística son los proporcionales a media anual de ocupación de plazas alojativas (21.575), o lo que es lo mismo, un 44,75% de la población total del municipio.

Por tanto, los costes derivados de la acción turística son el 44,75% de 2.716,402,40 euros, es decir, 1.215.590,07 euros. Esta cantidad se ha dividio entre los 365 días del año, dando como resultado 3.330,38 euros de costes al día, cifra que a su vez se divide por el número total de plazas alojativas ocupadas, 21.575. De ahí se obtiene una cuota tributaria de 0,15 euros por persona al día.

Tomando como referencia esta cuota, una familia de cuatro miembros que se hospede durante siete días en un alojamiento turístico de Mogán, abonará un total de 4,2 euros, es decir, 1,05 euros por persona.

Por otro lado, no se concederá exención ni bonificación alguna en el cobro de esta tasa, estableciéndose la misma cuota independientemente del tipo de establecimiento alojativo.

Tasa fluctuante

La tasa podrá fluctuar anualmente, dependiendo de la media de plazas alojativas ocupadas, es decir, del número de turistas que se hospeden en el municipio, así como de los costes derivados de la acción turística previstos por el Consistorio.

Por ejemplo, si en el Presupuesto de 2026 el Ayuntamiento de Mogán prevé una inversión de 20 millones de euros para la renovación del núcleo turístico de Puerto Rico, la tasa ascendería a 1,14 euros por persona al día.

De los 20.000.000 euros, suponiendo que las plazas alojativas ocupadas se mantengan en la media actual de 21.575, es decir, un 44,75% de la población total del municipio, de forma proporcional a la acción turística se le imputarían 8.950.000 euros.

La cuota tributaria, por tanto, se obtendría de dividir 8.950.000 euros por los 365 días del año, cuyo resultado es 24.520 euros de coste al día, y esta ultima cifra por las plazas alojativas ocupadas de media, 21.575. Así, la tasa sería de 1,14 euros por persona al día.

Esto supone que el Ayuntamiento de Mogán podría contribuir a financiar esos 20.000 millones de euros con 8.950.000 euros de la colaboración de los y las turistas que se hospedan en el municipio y gozan de los servicios, actividades e infraestructuras.